este Tribunal decretó la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES entre los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL PÉREZ PIRELA y XIMENA GONZÁLEZ DE PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.931.097 y V-29.565.509, respectivamente, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos convenidos, de conformidad con los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el Parágrafo Primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, en cuanto a las Instituciones Familiares a favor de su hijo de seis (06), años de edad, este Tribunal homologó lo acordado por los solicitantes.-