se DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a MARGLIS BEATRIZ TEJADA GUEVARA, YAJAIRA ELYANA TEJADA GUEVARA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.928.475 y V12.073.642, respectivamente; al niño, de once (11) años de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-28.494.575 y a la ciudadana CARMEN MARIA GUEVARA de TEJADA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-2.158.421, del De Cujus ELIAS RUBEN TEJADA GUERRA, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-956.