Se HOMOLOGÓ el Convenimiento de Obligación de Manutención recibido por este Tribunal en fecha 10/08/2010, siendo presentada por la Abg. LEFFY RUIZ MEDINA, en su carácter de Fiscal Centésima Segunda (102°) del Ministerio Público, a petición de los ciudadanos HENRRY ALEXANDER AZUAJE SALAS y YESSICA ISAMAR ALVAREZ LEÓN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.090.792 y V-21.090.785 respectivamente, a favor de su hijo el niño (Se omite el nombre de los niños por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de un (01) año de edad.