este Juzgado a cargo del Juez del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el DIVORCIO con base al artículo 185-A del Código Civil, de los ciudadanos FREDDY JOSE JAYARO RAMIREZ y DIAMELA TAMAIRA MUJICA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.559.383 y V-17.751.432, respectivamente, asistidos de Abogado, por medio del cual solicitan la disolución del vínculo Matrimonial contraído por ante el Jefe Civil de la Parroquia La Pastora, del Municipio Libertador , en fecha 23/04/1998, según Acta N° 36, de esa misma fecha y ASI SE DECIDE.