Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con lugar la solicitud formulada por la representación judicial del ciudadano José Guillermo Gutiérrez Mora, plenamente identificado en autos, de rectificación del acta de su respectiva partida de nacimiento, inserta con el nº 153, folio nº 77, en el Libro de Registro Civil de Nacimientos nº 6-0, llevado por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, durante el año de 1963.
Segundo: Se ordena rectificar la inexactitud en los términos siguientes: donde se lee "CARMEN AURORA MORA" debe leerse "MARÍA AURORA DEL CARMEN MORA RODRIGUEZ"; es decir que, la corrección versa en ordenar el nombre de pila y patronímico de la precitada progenitora del solicitante, confor.....