PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO solicitado en fecha 17 de mayo de 2016, por el abogado ERICKSON MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 207.669.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales, dada la naturaleza del dispositivo de la presente sentencia.
TERCERO: Se ordena el archivo del presente expediente.