Se dictó sentencia mediante la cual, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor y Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos OLGA FERNÁNDEZ DE DOCAL y MANUEL ÁNGEL DOCAL VIZOSO, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha día 29 de Noviembre de 1986, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre, Parroquia Leoncio Martínez, Estado Miranda (hoy Estado Bolivariano de Miranda), según Acta Nº 369, folio 51, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1986.