A través de SENTENCIA DEFINITVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos CARMEN ROSANNA QUINTANA DE BRITO y ANTONIO RAMON BRITO PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.448.083 y V-6.007.904, respectivamente. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en fecha 23 de octubre de 1992, por ante la Primera Autoridad de la Parroquia El Junquito del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Acta No. 50, del Libro de Registro de Matrimonios correspondiente. Se ordenó librar Oficio a la precitada Autoridad, al Consejo Nacional Electoral y al Registro Principal del Distrito Capital, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.