A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA VARGAS VEITIA y MILLER ELIEZER ZAPATA GUZMAN, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.413.110 y V-19.478.708, respectivamente. Como consecuencia de ello, se declaró DISUELTO el vinculo matrimonial que los une, contraído el veintisiete (27) de agosto del año 2010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Charallave del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, según acta Nº 107, del año 2010.