Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos PAMELA ANDREA ORMAZABAL MADARIAGA y LUIS ROBERTO DEL ROSAL LIZARASO, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-81.440.071 y V-2.765.764, en ese orden. Como consecuencia de ello, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído el día 10 de marzo de 2005, por ante el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.