Copia certificada del Acta de Nacimiento Nro. 3099, año 1943 de la solicitante LAURA MONIQUE MARIA CECILIA ALBAN EGUEZ DE PARRA, expedida por la Oficina de Registro Civil de Pichincha, de la ciudad de Quito Ecuador, cursante en autos, y su cédula de identidad, en la cual se desprende claramente el verdadero nombre de la solicitante y por constituir dichas Actas documentos públicos auténticos conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
Testimoniales de fecha 07 de abril de 2014, de los ciudadanos ESTILITA DÍAZ CASTILLO y LIBARDO GALLARDO MÁRQUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.979.539 y V-13.694.323, respectivamente, quienes declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento; Este Juzgado las aprecia en todo su alcance probatorio, conforme lo prevé el artículo 1392 del Código Civil, y as.....