DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION al CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, ya identificadas, en fecha Cuatro (04) de febrero del año 2016, por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº 042, Tomo 0030, folios 146 al 148, en los mismos términos expuestos.- En consecuencia, téngase la presente SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año 2016.- AÑOS: 205º y 156º.-
LA JUEZ PROVISORIO.
DRA.....