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Decisiones del dia 08/03/2018

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2018-000154 N° Sentencia : PJ0102018000042 Fecha: 08/03/2018
Procedimiento:
Resolución De Contrato De Venta
Partes:
MARIO URBINA Y MARGOT RODRIGUEZ VS MARTIN EDUARDO RAMOS PUENTE Y MARCIA CHIQUINQUIRA FRANCO DE RAMOS
Resumen:
En virtud de los fundamentos anteriormente expuestos, éste Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela en los términos dispuestos en el artículo 253 del texto constitucional y por autoridad de la Ley, DECIDE: -PRIMERO: Se declara la IMPROPONIBILIDAD OBJETIVA en derecho de la pretensión de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoada por LA CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN DE LOS EMPLEADOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT-CAPRES) en contra de los ciudadanos MARTIN EDUARDO RAMOS PUENTE y MARCIA CHIQUINQUIRA FRANCO DE RAMOS, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo. -SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no se hace especial condenatoria en costas.
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-S-2018-001274 N° Sentencia : PJ0102018000043 Fecha: 08/03/2018
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
BENECIO JOSÉ VENAVENTE RALDIREZ
Resumen:
Siendo en atención a ello, que el poder con el que se ejerza representación para en nombre de otro solicitar la declaración legal del cese del vinculo conyugal, debe ser facultado expresamente para tal acto, haciendo de éste un poder con facultades especiales, y sobre tales formas debe haberse otorgado, conduciendo a que el particular en su voluntad esté inequívocamente representada; en cuido a los derechos personalísimos, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Código de Procedimiento Civil; en ese orden de ideas, se constata que no consta en autos poder especial que le haya otorgado a la referida profesional del derecho, la facultad para disponer de un derecho personal, como lo es el de modificar su estado civil a través de la declaratoria judicial que extinga el vínculo matrimonial que mantiene con el ciudadano BENECIO JOSÉ VENAVENTE RALDIREZ, supra identificado; En base a ello, resultar forzoso para éste Juzgador declarar INADMISIBLE la pretensión incoa.....
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
Organo:
Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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