CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos EDILIA ROSA MORALES ROA y CARLOS DE JESÚS SAYAGO SEQUERA, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 7 de Marzo de 1986, por ante el Juzgado la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta quedó inserta bajo el Acta Nº 46 del Libro de Matrimonios del año 1986.
Se ordena remitir juego de copia certificada de la presente decisión a la Oficina del Registro Civil Principal del Distrito Capital, y a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia la Pastora, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de estampar la nota marginal respectiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil y en el Ordinal 6to del Artículo 101 de la Ley Orgánica de Registro Público. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de l.....