-PRIMERO: Se declara CON LUGAR el derecho al Cobro de los Honorarios Profesionales incoado por el ciudadano EDEN ANTONIO BARRIENTOS PETIT, en contra de la Sociedad de Comercio CITYBANK, N.A, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
-SEGUNDO: Se ordena la INTIMACIÓN de la parte demandada en la causa, Sociedad Mercantil CITYBANK N.A., para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su Intimación, pague o proceda a demostrar el pago de la suma de CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SIN CENTIMOS (53.300,00 Bs.), favor de la parte actora; ó en su defecto se acoja el procedimiento de retasa.
-TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
-CUARTO: Se hace del conocimiento de las partes, que el presente fallo es proferido dentro del plazo legal que dispone el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, por lo que resulta innecesaria su notificación.