hecho éste que debe ser suficientemente justificado al Tribunal para determinar la procedencia o no de la Declaración de Únicos y Universales Herederos solicitada, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 899 del Código de Procedimiento Civil, de la referida ciudadana YUHEIDYS JOSEFINA CEDEÑO DE PERALTA, éste Tribunal declara INADMISIBLE la misma. Así se decide.