Así las cosas, y dada la incomparecencia de la solicitante a impulsar lo concerniente, puede entenderse que éste no tiene interés alguno en la tramitación de la declaración de únicos y universales herederos solicitada y otorgamiento de la misma, por lo tanto resulta forzoso para quien decide declarar el decaimiento por pérdida del interés procesal y remitir la presente solicitud al archivo judicial para su respectivo cuido y resguardo con todos los documentos que componen el expediente. CÚMPLASE