En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara lo siguiente:
PRIMERO: Se DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano, GERARDO ARTURO HIDALGO HIDALGO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.564.679, designándose como TUTORA INTERINA a su hermana, ciudadana MARITZA COROMOTO HIDALGO HIDALGO, titular de la Cédula de Identidad número V- 4.813.167-
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria anterior, se ordena proseguir el procedimiento mediante las previsiones del juicio ordinario, tal y como lo establece el primer párrafo del artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, quedando la causa abierta a pruebas, una vez conste en autos la notificación del representante del Ministerio Público y del tutor interino designada ciudadana MARITZA COROMOTO HI.....