Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Undécimo de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO del artículo 185-A del código civil,
interpuesta por los ciudadanos BENNY GABRIEL PLAZA HERNADEZ y DAYANA
YOLIVER BLANCO NIEVES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas
de identidad N° V-16.671.849 y V-13.608.668, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que
se perfeccionó entre los solicitantes 21 de noviembre de 2009, por ante la Primera Autoridad
Civil de la Parroquia San Agustín del Municipio Libertador del Distrito Capital, según se
evidencia en acta Nº 11, del Año 2009, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante
dicha autoridad.
TERCERO: De conformidad con lo e.....