III
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y obrando en virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de DESALOJO por falta de pago, interpuesta la sociedad mercantil de este domicilio denominada MERCADO BLANDÍN, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 22 de agosto de 2014, bajo el Nº 68, Tomo 45-A-SDO, en contra de la sociedad mercantil de este domicilio y denominada RON CASTRO DE VENEZUELA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 27 de agosto de 2007, bajo el Nº 10, Tomo 91-A-Cto; en consecuencia se condena a esta última a la entrega material del bien inmueble constituido por una casa q.....