II
Sobre la base de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: HOMOLOGAR la liquidación y partición amistosa de los bienes que constituyeron el acervo hereditario del causante José Alberto Voisín Pineda, en los términos convenidos por los solicitantes, ciudadanos Daniel Enrique Voisín Montilva, Elina Rosa Suárez de Voisín y José Augusto Voisín Montilva, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Caracas los dos primero y en México el tercero, titulares de las cédulas de identidad números V-12.327.907, V-7.021.054 y V-10.431.947, respectivamente, en el escrito presentado en fecha 10 de agosto de 2017, ut supra referido, de conformidad con el precepto contenido en el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil; así se decide.
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