III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado los ciudadanos Porfirio Ramón Marrero y Luz Inés Calderón González, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades números V-8.998.838 y V-6.203.967, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 18 de septiembre de 1991, ante La Primera Autoridad del Distrito Independencia del estado Miranda, según consta en acta Nº 246, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1991.
Ofíciese lo conducente a La Primera Autoridad del Distrito Independencia del estado Miranda; al Registrador Principal estado Miranda y al Consejo Nacional Electoral, a los .....