III
En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta de la sociedad mercantil Centro de Belleza Granado, C.A. en la persona de su representante legal ciudadana Dexis Marlene Granado, ambas partes plenamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora, totalmente desocupado y en el mismo buen estado en que lo recibió, el inmueble objeto de la demanda, constituido por el "Un local comercial distinguido con las letras y números CD2-08, con un área aproximada de sesenta y nueve metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados (79.60 mts2), ubicado en el piso 2 del sector expoventura del Centro Comercial Buenaventura, situado en la aveni.....