III
DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Adolfo Daniel González Londoño y María Alejandra García Morín, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-9.882.871 y V-11.739.194, respectivamente; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 9 de marzo de 2002,ante la Secretaria General del Municipio Autónomo de Chacao del estado Miranda, tal como se evidencia en copia certificada del Acta de Matrimonio la cual aparece inserta en los libros correspondiente del año 2002, Acta nº 169.
Ofíciese lo conducente a la Secretaria General del Municipio Autónomo de Chacao del estado Miranda; al Registrador Principal.....