-III-
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la solicitud de conversión en divorcio del estado de separación legal de cuerpos de los cónyuges, ciudadanos Gustavo Requiz Ramírez y Fabiana Cristina Isabel Pizzolante Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-15.165.787 y V-17.965.695, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 13 de septiembre de 2014, ante el Registro Civil del Municipio Baruta del estado Bolivariano de Miranda, según consta en acta de matrimonio n° 387..
Corolario de lo antes expuesto, se ordena participar del presente fallo al Registro Civil del Municipio Baruta del esta.....