Este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos MANUEL DE JESUS SANCHEZ CADENAS y NERVIS LISDOSKA LLOVERA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.263.882 y V-12.278.136 respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído en fecha 30 de octubre de 1.999, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio la Trinidad Boraure del Estado Yaracuy, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 21, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1.999, en el Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.