Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva mediante la cual se declara: UNICO: La existencia de un FRAUDE PROCESAL (SIMULACIÓN PROCESAL) y en consecuencia, por las razones de resguardo del orden público constitucional señaladas anteriormente, con fundamento en los artículos 11 y 17 del Código de Procedimiento Civil, se declara INEXISTENTE el presente proceso que por Resolución de contrato de Arrendamiento incoara el ciudadano GUILLERMO SCHMIDMAJER, en contra del ciudadano JESUS RAFAEL CORDERO, ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo. Así se decide.-