Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, de los ciudadanos MARINA HERNANDEZ DE ITRIAGO y HENRI ALEXANDER ITRIAGO MORON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.758.273 y V-7.662.025, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 28 de agosto de 1992, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Ortiz, Estado Guárico, según acta Nº 39, del año 1992.
TERCERO: Líbrense oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxense copias certificadas de la presente decisión. Asimismo, líbrense sendas copias certificadas a los solici.....