declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la ciudadana FILOMENA CARMELA DE NISCO CONTRERAS, identificado al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre la solicitante y su cónyuge ciudadano PEDRO ANTONIO TRASMONDI RODRIGUEZ, por ante el juzgado Primero de Parroquia del Distrito Federal del Circuito Judicial numero uno de Caracas, hoy Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de La Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de según se evidencia en acta Nº 174, del Año 1991 del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante dicha autoridad.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada mediante oficio de la Sentencia.....