Este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos ALEJANDRO CHAHIN DURAN y ESTHER JEREZ DE CHAHIN, ambos identificados al inicio de este fallo;
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 03 de diciembre de 1996, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Turístico El Moro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, según se evidencia en acta Nº 274, del Año 1996 del libro de Registro Civil de matrimonios del año 1996 llevado ante dicha autoridad.
TERCERO: Líbrese oficio a la Primera Autoridad Civil del Municipio Turístico El Moro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, al Registro Principal del esta.....