este Tribunal procede a HOMOLOGAR LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, existentes entre los ciudadanos MICHEL MARIE DIDIER EMERY y MARIA ANGELINA MOLINA BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-12.072.890 y V-2.766.170, respectivamente, en la forma por ellos convenida en su escrito de Transacción de fecha 25/03/2022, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.