decreta la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la pretensión de Resolución de Contrato, deducida por la sociedad mercantil Constructora del Alba Bolivariana C.A., en contra de la sociedad mercantil Transporte, Servicio y Mantenimiento Harley C.A., a tenor de lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordada relación con lo previsto en el artículo 269 ejúsdem y, en consecuencia, se declara CONSUMADO el presente procedimiento