Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos ORLANDO ORTEGA URIBE e IDALMIS RODRIGUEZ GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana el primero y cubana la segunda, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-8.946.788 y E-84.559.695, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído en fecha 05 de noviembre de 2010, por ante el Registro del Estado Civil de la Isla de La Juventud, Isla de la Juventud, República de Cuba, siendo insertado dicho documento ante el Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 12 de abril de 2012, según consta de Acta de Matrimonio anotada baj.....