Vista la diligencia que antecede presentada por el apoderado judicial de la parte actora, ALEJANDRO YEMES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.209, mediante la cual solicita que se decrete la ejecución forzada de la sentencia definitiva y habilite el tiempo que sea necesario, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 524 y 526 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal a los fines de proveer sobre lo solicitado, observa que se encuentra vencido el lapso otorgado a la parte demandada sin que cumpliera voluntariamente la sentencia definitiva dictada por este Juzgado el 12 de noviembre del año 2013; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA su ejecución forzada; en consecuencia, se ordena la entrega material, real y efectiva a la parte actora de un inmueble arrendado, constituido por un lote de terreno de ciento ocho metros cuadrados (108 mts.2) aproximadamente, que forma parte de uno de mayor extensi.....