En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar el divorcio solicitado por los ciudadanos Henry Gustavo Guerra Pérez y Edixa Josefina Villalobos Gómez, plenamente identificados en autos; por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 17 de abril de 1978, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chiquinquirá del estado Zulia, y como consta en acta de la partida de matrimonio número 245, inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios correspondiente al año 1978.
Ofíciese lo conducente a la Primera Autoridad Civil del Municipio Chiquinquirá del estado Zulia; al Registrador Principal del estado zulia y al Consejo Nacional Electoral, a los fines legales consiguientes.
Liquídese la c.....