Con fuerza en los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede mercantil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE GALPÓN interpuso el ciudadano CARLOS ANDRADE CASAL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad numero V- 12.421.645; representado en este proceso a través de sus apoderados judiciales, ciudadanos ANTONIO JOSÉ PRINCE, LLOYD HAROLD PRINCE, MARÍA HILDEGARD PRINCE DE CABRERA, IRMA RUÍZ DE MOREÁN y GRACIELA RENEE PRINCE, Abogados en ejercicio de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 999, 39.673, 12.482, 7.893 y 26.514, respectivamente; contra CORPORACIÓN IMPERMES C.A. sociedad mercantil de este domicilio, inscrita por ante e.....