- III -
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentado en el artículo 185 del código civil, en concordancia con las sentencias 1070, 693 y 446, dictada por la sala constitucional del tribunal supremo de justicia, formulada por la ciudadana EDMARY KATHERINE BASTIDAS RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-20.639.623, contra el ciudadano MIKE JUNNER CARMONA VERGARA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-20.430.585.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges en fecha 23 de julio de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia la Pastora, Municipio Libertador de.....