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Decisiones del dia 22/09/2016

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31M2010000136 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2016
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., CONTRA MARTIN ENRIQUE RODRIGUEZ LEON
Resumen:
En este sentido, luego de un análisis exhaustivo a las actuaciones ocurridas en la presente causa, se evidencia que el defensor judicial designado no cumplió con los deberes inherentes a su cargo, en el sentido de dar contestación a la demanda interpuesta en contra de su defendido dentro de los VEINTE (20°) DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la constancia en autos de su citación, y visto que dicha omisión podría desencadenar en una violación del derecho a la defensa y al debido proceso, este JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, anula todas las actuaciones ocurridas en el presente expediente desde el nombramiento del defensor ad litem, y ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de nombrar nuevo Defensor Judicial. Y ASÍ SE DECIDE.- Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31S2015005399 N° Sentencia : Fecha: 22/09/2016
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
LOURDES EUNICE AQUINO DE GAMEZ
Resumen:
Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día 01 de julio de 2015, fecha en la cual el Tribunal libró cartel de notificación, hasta la presente fecha, ha transcurrido mas de un (01) año, sin que la parte solicitante haya realizado ningún acto de procedimiento, por lo que no ha cumplido con su obligación de impulsar el proceso; todo lo anterior es traducido en inactividad procesal dentro de los preceptos sancionatorios previstos en el anteriormente trascrito Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, considerando este Tribunal que se da el mencionado presupuesto sancionatorio por inactividad de las partes, por lo que de conformidad con la referida normativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio, produciéndose los efectos establecidos en los Artículos 270 y 271 del Código de Procedimiento Civil. De conformidad con lo previsto en el Artículo 283 del Cód.....
Juez/Ponente:
Flor Briceño
Organo:
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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