Por las razones antes expuestas, este Tribunal declara CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO solicitada por la ciudadana MARIA DANIELA SANTANA PALACIOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.613.955, y en tal sentido ordena que se rectifique los errores mencionados en los términos siguientes: En el Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIA DANIELA SANTANA PALACIOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 13.613.955, signada con el Nº 452, folio 01 del año 1981, la cual corre inserta en el Libro de Nacimientos llevado por ante la Oficina Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, donde dice: "AURA MAGALI PALACIOS DE SANTANA" debe decir: "...AURA MAGALI PALACIOS LEON"; donde dice el estado civil de la progenitora de la solicitante como CASADA, debe decir: SOLTERA. Donde dice: "HIJA LEGITIMA DE LA PRESENTANTE Y DE SU ESPOSO: JUAN SANTANA DEL PINO, debe decir: HIJA LEGITIMA .....