Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano GERMAN HENRIQUE ACEDO PRATO, titular de la Cédula de Identidad N° 6.814.095, designándose como TUTOR INTERINO a su hermano, ciudadano JORGE HENRIQUE ACEDO PRATO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número V- 9.878.616.
Se ordena seguir los trámites del juicio ordinario, quedando la causa abierta a pruebas una vez conste en autos la notificación de la fiscal CAROLINA MERCEDES GONZALEZ GUEVARA.-
De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena el Registro del presente fallo en la Oficina Subalterna de Registro Público del domicilio del entredicho y su publicación en el diario Vea dentro de los quince (15) días sig.....