Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE LUIS LUNA SALAS y MARIA TERESA PELAEZ ANDRADE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad Nos. V-24.215.170 y V-26.989.436, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 13 de noviembre de 2003, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se desprende del acta de matrimonio acta Nº 43, correspondiente al año 2003, la cual corre inserta a los folio 4 y 5 del presente expediente.