Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos MERCEDES MAHFODA LEVY y HECTOR EMILIO MASON KELENDON, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.625.399 y V-4.271.377, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 17 de Noviembre de 1.990 ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, del Municipio Libertador, del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 516 asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1.990 llevados por dicha oficina.