Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos ROSSANA ZAMBRANO VASQUEZ y ANTHONY ORTEGA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.407.291 y V-14.528.639, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 06 de Octubre de 1.999, contrajeron matrimonio por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Federal ahora (Distrito Capital), según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 105, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1.999, consignada junto al escrito de solicitud, llevados por dicha of.....