Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DESALOJO intentado por INVERSIONES OF-618, C.A.., contra la ciudadana Selene del Valle Gechele de Constantini, ambas suficientemente identificadas al inicio de este fallo decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por acción de DESALOJO intentada por la INVERSIONES OF-618, C.A., contra la ciudadana Selene del Valle Gechele de Constantini en consecuencia, se declara:
1. Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, según documento debidamente autenticado por la Notaria Pública Octava del Municipio Baruta del Estado Miranda, anotado bajo el Nº 16, Tomo 11 de los Libros de Autenticaciones, en fecha 08 de febrero de 2001, objet.....