III
Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO VIGESIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de la Partida de Nacimiento, solicitada por la ciudadana KARELIA FABIOLA VIEIRA YANEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.923.486.
En consecuencia, se ordena la rectificación solicitada, en los siguientes términos: donde dice "Natural de Santa Cruz de San Paulo, Brasil ", debe decir y leerse " Natural de Santa Cruz Madeira, Portugal", y para ello se ordena remitir copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), y al ciudadano Registrador Principal del Distrito Capital, para que de.....