este Tribunal Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ENRIQUE MINISIO MONTEZUMA MENDOZA y EMMA EUGENIA JAIMES SOTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-4.887.794 y V-6.366.157, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha veintiséis (26) de Septiembre de Mil Novecientos Noventa y Uno (1.991), expedida por ante el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 139, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.