este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide lo siguiente:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES MAKET, C.A., en contra del ciudadano MESOD CARCIENTE WATKIN, ambas partes identificadas en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a entregar a la actora libre de bienes y personas el local comercial, a excepción de 3 cubículos dentro de éste, ubicado en la planta octava del Edificio Don Joaquín, distinguido con el Nº 8, situado entre las esquinas de Pelota y Abanico, Norte 3, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador del Distrito Capital.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas, por haber sido vencido en la litis, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.