esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos, por lo que se demostró un error material en el acta de nacimiento del ciudadano JESUS BARRIOS MENA, específicamente en cuanto a la identificación de su madre, como "JOSEFINA MENA DE BARRIOS", siendo lo correcto "MACARIA RUFINA MENA PEREZ". En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Nacimiento Nº 7 del año 1946, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega del antiguo Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital, en cuanto al nombre de la madre de la referida ciudadana, donde dice: "JOSEFINA MENA DE BARRIOS", debe decir "MACARIA RUFINA MENA PEREZ". ASÍ SE DECIDE.