En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, en fundamento a lo establecido en los artículos 361 parágrafo segundo, 254 y 78 ejusdem, este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Demanda de DESALOJO (LOCAL) interpuesta por los ciudadanos MARIA GORETE FERREIRA DE ABREU, MARIBEL GONCALVES FERREIRA, LISBETH CRISTINA GONCALVES FERREIRA y ANTONIO JOAQUIN GONCALVES FERREIRA, contra el ciudadano AMINADAS VARGAS PEREZ, ambos plenamente identificados.
SEGUNDO: SIN LUGAR la reconvención propuesta por el ciudadano AMINADAS VARGAS PEREZ, contra los ciudadanos MARIA GORETE FERREIRA DE ABREU, MARIBEL GONCALVES FERREIRA, LISBETH CRISTINA GONCALVES FERREIRA y ANTONIO JOAQUIN GONCALVES FERREIRA.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora por ser.....