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Decisiones del dia 13/11/2014

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2014-005581. N° Sentencia : Fecha: 13/11/2014
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
NORMA SOFIA BARRADA
Resumen:
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficiente sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, Avenida el Manicomio, Callejón Diego de Lozada con Callejón Bachicha, casa 29, Sector Agua Salud, Parroquia La Pastora Municipio Libertador del Distrito Capital, Código Catastral Nro. 01-01-11-U01-001-067-028-000-000-000, a favor de la ciudadana NORMA SOFIA BARRADAS BELLO, titular de la cedula de identidad nro. 2.154.121. La presente declaratoria versa sólo sobre las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos de la solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas. Tampoco, convalida ningún tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la cual haya podido incurrir la solicitante, al edificar las BIENHECHURÍAS descritas en la solicitud que .....
Juez/Ponente:
María Cecilia Conde
Organo:
Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-S-2014-009386. N° Sentencia : Fecha: 13/11/2014
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ANTONELLA CARACCIOLO ALDORASI,
Resumen:
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficiente sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, Ubicado en Carretera Petare Santa Lucia, Kilómetro 12, Hacienda La Candelaria, Casa S/N, Local nro. 5, Parroquia Filas de Mariches, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, a favor de la ciudadana ANTONELLA CARACCIOLO ALDORASI, titular de la cedula de identidad nro. 15.910.512. La presente declaratoria versa sólo sobre las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos de la solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas. Tampoco, convalida ningún tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la cual haya podido incurrir la solicitante, al edificar las BIENHECHURÍAS descritas en la solicitud que dan origen a estas actuaciones. .....
Juez/Ponente:
María Cecilia Conde
Organo:
Tribunal Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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